29 Dic Cómo calcular la indemnización por lesiones temporales con el nuevo Baremo de Accidentes
El nuevo Baremo de Accidentes trae algunos cambios en la valoración de la indemnización por lesiones temporales. Lo que anteriormente se conocía como indemnización por días de sanidad, hace referencia a las lesiones descritas en el artículo 134 de la Ley 35/2015 de Reforma el sistema de valoración de daños en accidentes de circulación, como las lesiones “que sufre el lesionado desde el momento del accidente hasta el final de su proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuela”.
Calcular la indemnización por lesiones temporales: aspectos a tener en cuenta
La indemnización por lesiones temporales es compatible con otras que se puedan determinar por secuelas o, en su caso, por la muerte del lesionado. Además, en su valoración se tiene en cuenta tres aspectos fundamentales:
Perjuicio personal básico
Es una cantidad de dinero al día, 30 euros, que se establece como indemnización de forma general para todos los lesionados que sufran lesiones temporales. Este concepto es similar a los denominados “días no impeditivos” del anterior baremo.
Perjuicio personal particular
Este concepto incluye los complementos de la indemnización por lesiones temporales que algunos lesionados pueden reclamar, por el impedimento o la limitación que las lesiones sufridas o su tratamiento producen en su autonomía o desarrollo personal.
Para valorar este perjuicio, se contemplan dos supuestos principales:
• La pérdida temporal de calidad de vida a causa de las lesiones temporales sufridas en un accidente, en cuyo caso se calcula la indemnización valorando este perjuicio en función de la gravedad de la limitación que producen (muy grave, grave y moderado). Estos grados son excluyentes entre sí y se pueden aplicar de modo sucesivo si se diera el caso.
• La necesidad de sufrir una o varias intervenciones quirúrgicas, que se valorarán de acuerdo con unas tablas y la indemnización resultante se sumará a la que corresponda por pérdida temporal de calidad de vida.
Perjuicio patrimonial
Las lesiones temporales como consecuencia de un accidente pueden tener consecuencias en el patrimonio del lesionado, que se puede ver obligado a asumir diversos gastos y sufrir pérdidas por lucro cesante como consecuencia de estas lesiones. De esta forma, se distinguen dos perjuicios a tener en cuenta al calcular la indemnización por lesiones temporales:
Los daños emergentes para calcular la indemnización por lesiones temporales
En este punto se incluyen gastos de asistencia sanitaria, así como el importe de la prótesis y sistemas de apoyo para la autonomía personal que el lesionado necesite, por prescripción facultativa, hasta que finalice el proceso curativo, se estabilice la lesión o la lesión pase a ser secuela.
En estos casos, se debe justificar adecuadamente estos gastos, que deben ser médicamente razonables en atención a la lesión sufrida y a sus circunstancias.
Además, como daños emergentes se tienen también en cuenta aquellos gastos generados como consecuencia de la lesión en el desarrollo de la vida ordinaria del lesionado hasta el final del proceso curativo, la estabilización de la lesión o su conversión en secuela. Igualmente, hay que justificar estos gastos.
Lucro cesante en el cálculo de la indemnización por lesiones temporales
Consiste en la pérdida o disminución temporal de ingresos provenientes del trabajo personal del lesionado o, por dedicación exclusiva a las tareas del hogar, en una estimación del valor de dicha dedicación cuando no pueda desempeñarlas.
La dedicación a las tareas del hogar se valorará en la cantidad diaria de un salario mínimo interprofesional hasta el importe máximo total correspondiente a una mensualidad en los supuestos de curación sin secuelas o con secuelas iguales o inferiores a tres puntos.
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