25 Ene Indemnización por accidente de tráfico: valoración de las secuelas
Una de las novedades que ha traído el Baremo de Accidentes de Tráfico que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2016 está relacionada con la valoración de las secuelas de un lesionado como consecuencia de un accidente de tráfico, a la hora de calcular la indemnización que puede reclamar a la aseguradora.
Las secuelas en un lesionado se manifiestan cuando, tras sufrir una lesión en un accidente de tráfico, y una vez completado el tratamiento médico oportuno, ya sea un tratamiento de rehabilitación o una intervención quirúrgica, el accidentado sigue padeciendo síntomas relacionados con esa lesión o presente daños de los que no es posible recuperarse. De hecho, hay secuelas que perduran el resto de tu vida.
El Baremo de Accidentes describe las secuelas en su artículo 93 e incluye en esta definición a “las deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y los perjuicios estéticos que derivan de una lesión y permanecen una vez finalizado el proceso de curación”.
Además, a efectos del Baremo tiene la consideración de secuela el material de osteosíntesis que permanece al término de este proceso, es decir, los dispositivos implantados para el tratamiento de fracturas de huesos que quedan implantados en el lesionado.
Calcular la indemnización por secuelas con el Baremo de Accidentes
Con el nuevo Baremo, cada secuela del lesionado se valora mediante un sistema de puntos al que se aplica una fórmula correctora en caso de que las secuelas sean más de una o se produzcan secuelas concurrentes interagravatorias o que empeoren secuelas previas del lesionado.
El Baremo de Accidentes de Tráfico de 2016 incluye en sus anexos la Tabla 2.a, que sirve para valorar el perjuicio personal básico que generan las secuelas. En esta tabla encontramos, a su vez, dos tablas más que ayudan a calcular la indemnización por secuelas.
Valorar las secuelas
En la primera de ellas (Tabla 2.a.1), se enumeran las posibles secuelas que puede sufrir una víctima de accidente de tráfico, tanto funcionales como estéticas, en función de su localización en el cuerpo del lesionado. En esta tabla, cada secuela tiene atribuidos una puntuación, con la que se valora la misma en función de su gravedad.
Con la puntuación de la primera tabla, podemos determinar la indemnización por secuelas en la segunda tabla (Tabla 2.a.2), en la que se establecen las cantidades para cada puntuación, en función de la edad de la víctima, siendo la cuantía mayor, cuanto más joven es el lesionado.
En caso de existir más de una secuela concurrente, se aplica una fórmula correctora, que viene descrita en el artículo 98 del Baremo de Accidentes. Asimismo, el Baremo prevé una fórmula correctora para las secuelas originadas en un accidente que vienen a agravar secuelas previas que ya sufría el lesionado anteriormente.
También se describe en los artículos siguientes cómo se deben valorar las secuelas interagravatorias, que son aquellas derivadas del mismo accidente y afectando funciones comunes, producen por su recíproca influencia una agravación significativa de cada una de ellas.
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